De conformidad con nuestra obligación según el artículo 475, apartado 4, del Código Civil alemán (BGB), le informamos que, en caso de una reclamación justificada según el artículo 439, apartado 1, del BGB, usted podrá, por lo general, elegir entre la sustitución o la reparación.
Le informamos que nos reservamos el derecho de examinar previamente el defecto alegado para evaluar nuestras obligaciones de garantía y determinar la viabilidad de la solución elegida.
Asimismo, le informamos que la solución elegida podrá ser rechazada conforme a la legislación vigente si resulta imposible o implica costes desproporcionados (artículo 439, apartado 4, del BGB). En tal caso, su reclamación se limitará a la otra solución, salvo que esta también pueda ser rechazada en las condiciones legales.
Si la solución consiste en la reparación, el plazo de prescripción original (generalmente de dos años) para las reclamaciones por defectos se prorrogará una vez más por 12 meses adicionales a su favor.